Este software se adapta a las empresas que realizan teletrabajo

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Desde Megacall os presentamos una nueva plataforma dirigida a registrar la jornada laboral de los trabajadores. Este nuevo software permite a las empresas llevar un registro digital del horario de sus empleados, además de cumplir con la nueva Ley que obliga al registro de la jornada de los trabajadores por parte de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS).

Se trata de una plataforma simple y fácil de usar con la que rápidamente podrás ver el listado de empleados y su horario de entrada y salida.

¿Cómo funciona?

Este sistema funciona mediante la integración de teléfonos VoIP, es decir, si ya cuentas con un teléfono IP podrás usarlo sin problemas. Por otro lado, también se puede incluir en tu Centralita Virtual o PBX simplemente vinculándola con la plataforma.

Los empleados tendrán que marcar en su teléfono un número designado o una extensión, y a continuación, marcar 1 para hacer Log IN (entrada) y marcar 2 para hacer Log OUT (salida). Automáticamente se registrará en la plataforma con su ID o PIN, nombre, fecha y hora de entrada o salida.

Podrás registrar tantos empleados como necesites y almacenar los datos tanto tiempo como quieras, no hay límites.

 

Hay dos sistemas para comenzar el inicio del registro de hora en el teléfono:

  1. A través de una extensión interna o un número de teléfono
  2. Mediante un PIN asignado a dicho empleado

Con la marcación en el teléfono de cualquiera de esas opciones el trabajador será identificado por el sistema y comenzará el proceso de registro horario.

 

Características

Una vez dentro de la plataforma podremos encontrar dos paneles en el menú de la izquierda.

Reporte de Horas

En el reporte de horas tendremos disponible el listado de los empleados, con su extensión, ID o PIN, nombre, fecha y hora de entrada o salida. También podemos añadir anotaciones o realizar búsquedas de usuarios concretos a través de su nombre, la acción realizada (entrada o salida) y las fechas que queremos consultar.

Una funcionalidad muy útil es la posibilidad de descargar este listado en formato Excel.

Administración de Empleados

En este panel podemos ver la lista completa de los empleados de la empresa. Veremos su nombre, número de extensión, ID o PIN, número de teléfono asociado y su estado. Por otro lado, también será posible añadir las anotaciones que consideremos oportunas.

Además, se puede realizar una búsqueda de los empleados mediante su nombre, número o estado (activo o desactivado). También podemos exportar la lista de usuarios en Excel.

 

Precio

El precio para comenzar a usar este servicio es de 9,95€/mes. Precios sin IVA. El precio incluye el uso de la plataforma y usuarios ilimitados, por lo que el administrador podrá crear tantos usuarios como necesite sin ningún coste adicional.

Además, Megacall ofrece una oferta exclusiva a los miembros de la British Chamber of Commerce in Spain con un pack de Centralita Virtual + Software de Registro Horario.

Sobre la Ley del registro de la jornada laboral

Este nuevo sistema permite a las empresas cumplir con la Ley que garantiza el registro diario de jornada, donde se deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada laboral de cada persona.

– Con efectos de 12 de mayo de 2019 el Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo, modifica el art. 34 ET, instaurando el deber de la empresa de garantizar el registro diario de jornada, que deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada persona trabajadora, sin perjuicio de la flexibilidad horaria existente. 

Obligaciones normativas sobre el registro de la jornada laboral de los trabajadores

El Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, establece textualmente la obligación del registro de jornada en dos supuestos de modo específico y otro a modo general (este último con efectos de 12 de mayo de 2019):

– La organización y documentación del registro de jornada, ha de realizarse mediante:

a) negociación colectiva.

b) acuerdo de empresa.

c) decisión del empresario previa consulta con los representantes legales de los trabajadores en la empresa.

– Necesidad de conservar los registros de jornada efectuados durante cuatro años.

–  Necesidad de tener los registros a disposición de las personas trabajadoras, de sus representantes legales y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

*Tenga en cuenta que los números de teléfono de los empleados son una información sensible, por lo que le recomendamos que realice las gestiones necesarias para el correcto cumplimiento de la Ley de Protección de Datos Personales.